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Realizar una maqueta, un prototipo, pues aunque éstos no sean funcionales, en un primer momento. La ley habla de «realización», no de «funcionamiento»
Supongamos que ha inventado un nuevo encendedor de características originales. Debe fotografiarlo desde el primer momento en que éste tenga «aspecto de mechero».
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Destacar la descripción del concepto de su creación, acompañada de la prueba de una primera realización.
Ejemplo de descripción del concepto de encendedor que vemos en la fotografía:
"... Tuve esta idea al constatar que, con cualquier mechero clásico, en el momento de girarlo hacia abajo para encender la pipa, su llama —que tiende naturalmente a conservar la vertical— me quemaba a menudo los dedos.
Diseñé entonces un mechero cuya principal originalidad consiste en producir una llama de tipo «soplete» que sale de un cabezal adecuado, en el que la presión del gas empleado permite conseguir una llama orientable hacia todos los sentidos.
Construí un prototipo utilizando para ello materiales y elementos existentes: depósito de gas, sistema de encendido piezoeléctrico, cabezales metálicos, etc. Un buen número de cosas que yo no he inventado.
Conseguí un «soplete en miniatura», muy parecido al que utilizan los fontaneros, con una llama perfectamente dirigible. Fabriqué un prototipo, y constato que mi solución resulta operativa.
Mi creación que a día de hoy existe bajo forma de algunos objetos experimentales, está inacabada. Dicha creación evolucionará, se perfeccionará, cambiará de forma, de proporciones y de color, respetando siempre mi concepto original. Soy el autor y el realizador de un mechero más seguro que cualquiera de los mecheros conocidos a fecha de hoy.
Los modos de fabricación industrial de mi creación podrán variar, en proporciones indeterminadas; no reivindico de ningún modo con ello la invención de un dispositivo técnico, sino la creación de un nuevo concepto de mechero. Soy el autor de una obra de ingenio, en el sentido en el que lo expresa la Propiedad Intelectual, por haber diseñado y realizado, a partir de mis investigaciones intelectuales, de mis competencias y de mi imaginación, una familia de objetos en el seno de la cual expreso mi creatividad.
Según tengo conocimiento, mi mechero «soplete en miniatura» no ha sido nunca antes –con relación a terceros– articulado de la manera como yo lo he hecho. Se trata de mis investigaciones y trabajos originales."
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Hacer un Registro Probatorio
Cuando ya tiene listos todos los elementos necesarios —descripción y prueba de realización— debe preparar un Registro Probatorio, que convertirá su escrito en un contrato privado, es decir un documento revestido de valor jurídico.
Como su nombre indica, un Registro Probatorio es una gestión mediante la que usted demuestra, por escrito, la realidad de su creación original, y usted deposita una copia oficial en la Administración, donde se procede a registrarla a su nombre. Su Documento posee entonces una «fecha cierta», algo aquí importante, jurídicamente, y puede oponerse a terceros y es válido ante los tribunales.
Forma del Registro Probatorio
La ley le permite redactar usted mismo su Registro Probatorio, de la manera como usted prefiera, incluso a mano, sobre papel normal.
Algunos sitios en Internet sugieren que sea uno mismo quien realice declaraciones de este tipo, sin necesidad de proporcionar ningún tipo de precisión jurídica ni redaccional, sin hacer referencia a tratados internacionales (que vale la pena mencionar y, además, en inglés), sin hacer tampoco referencia a las disposiciones del Código de la Propiedad Intelectual (el cual debe indicarse, artículo por artículo), y tampoco sin referirse a la jurisprudencia (que vale la pena citar y actualizar).
Sin embargo, la defensa de sus intereses podría depender de este documento, entre las partes así como ante los tribunales. Por ello, se impone el mayor cuidado en su elaboración, tanto en lo que respecta al fondo como a la forma.
Las chapuzas están, pues, fuera de lugar.
Es conveniente que un buen Registro Probatorio con todas las garantías de credibilidad, sea realizado de manera profesional, controlado por juristas competentes en la materia.
Aconsejamos siempre dirigirse a abogados realmente especializados, los cuales no abundan.